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Medidas en los puertos para prevención

 |   18 de marzo del 2020
Medidas en los puertos para prevención
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La circular está en concordancia con las medidas adoptadas desde el Gobierno nacional para evitar la propagación del Covid-19 en el país y lleva la firma de Walter Saieg, secretario de Gestión del Transporte; Florencia Carignano, directora Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior; y Judit Díaz Bazán, subsecretaria de Calidad, Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud.

  • No se prohibirá el ingreso de embarcaciones que transporten mercaderías.
  • Los tripulantes extranjeros no residentes en el país podrán descender si:

– No presentan síntomas y navegaron más de 14 días sin atracar en ningún puerto de una zona afectada por el Coronavirus.

– No presentan síntomas y no transitaron, amarraron o embarcaron en los últimos 14 días en una zona afectada por el virus.

– Quienes no presenten síntomas y en los últimos 14 días hayan transitado por zonas afectadas deberán cumplir con las normas y protocolos del Ministerio de Salud de la Nación. Esto implica el distanciamiento social en caso de tener que descender del buque para permitir la operatoria portuaria.

– De no ser necesario el descenso de los tripulantes para la operatoria, no podrán descender del barco durante 15 días.

En todos los casos se deberá obedecer las medidas, recomendaciones e instrucciones que dispongan las autoridades sanitarias y migratorias en el marco de sus respectivas competencias.
Todas las personas que cumplan funciones en embarcaciones deberán tomar las medidas de higiene y limpieza de acuerdo al protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación.
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